Patrocinio familiar para emigrar a Canadá
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Ciudadanos Canadienses o Residentes Permanente de Canadá pueden llegar a patrocinar a miembros de su familia para emigrar a Canadá como miembros de familia patrocinados y hacerse Residentes Permanentes de Canadá.
Si los requerimientos del proceso de patrocinio están satisfechos, el ciudadano Canadiense o Residente Permanente de Canadá puede patrocinar a las siguientes categorías de miembros de familia:
- Esposo/a del sexo opuesto o del mismo sexo (y niños dependientes del esposo/a)
- Pareja de concubinato del sexo opuesto o del mismo sexo (y niños dependientes de la pareja de concubinato)
- Pareja Conyugal del sexo opuesto o del mismo sexo (y niños dependientes de la pareja conyugal)
- Niños Dependientes
- Niños Adoptados
- Padres (y sus niños dependientes)
- Abuelos
- Parientes huérfanos menores de 18 años de edad y no casados o en una relación de concubinato, como: hermanos o hermanas, sobrinos o sobrinas, nietas o nietos
- Otro pariente, si un ciudadano Canadiense o Residente Permanente de Canadá no tiene a ningún esposo/a, pareja de concubinato o pareja conyugal vivo, un hijo o hija, padre, abuelo/a, hermano/a, tío, tía, sobrino o sobrina que podría ser patrocinada como un miembro de la clase de familia, y no tiene a ningún pariente que es un ciudadano Canadiense o Residente Permanente o registrado como un Indio bajo el Acto Indio
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